Cuánto tiempo tengo para reclamar un accidente de tráfico

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un accidente de tráfico?

El plazo para reclamar un accidente de tráfico es, con carácter general, de un año. Sin embargo, este periodo no siempre comienza el día del siniestro.

La fecha inicial depende de los daños sufridos, la evolución de las lesiones y las actuaciones realizadas frente a la compañía aseguradora.

Dejar pasar el plazo sin presentar una reclamación válida podría provocar la prescripción de la acción. En ese caso, la persona perjudicada perdería su derecho a exigir judicialmente la indemnización.

Plazo para reclamar un accidente de tráfico

La persona perjudicada o sus herederos tienen acción directa contra la aseguradora del vehículo responsable.

La legislación española establece un plazo de prescripción de un año para ejercer esa acción. El Código Civil también fija un año para reclamar daños derivados de culpa o negligencia.

Sin embargo, hablar de un año resulta insuficiente. La cuestión principal consiste en determinar qué día inicia el cómputo.

La respuesta cambia según existan lesiones personales, daños materiales o un procedimiento penal relacionado con el accidente.

¿El plazo empieza el día del accidente?

No siempre.

El Código Civil señala que la prescripción comienza cuando la acción ya se encuentra en condiciones de ser ejercitada. Por tanto, el inicio requiere conocer el daño y disponer de información suficiente para reclamarlo.

En un accidente con daños materiales sencillos, el plazo suele relacionarse con la fecha del siniestro o con el momento en que se conoce el alcance del perjuicio.

En cambio, las lesiones personales necesitan un análisis diferente. Durante el tratamiento todavía resulta difícil conocer la duración de la recuperación o las secuelas definitivas.

Accidentes con lesiones personales

Cuando existen lesiones, el plazo no suele contarse automáticamente desde el día del accidente.

La referencia habitual es la fecha de curación o estabilización lesional. En ese momento se conoce con mayor precisión el alcance del daño corporal.

La estabilización ocurre cuando el tratamiento deja de producir una mejoría relevante. Las molestias permanentes pasan entonces a valorarse como secuelas.

El alta laboral tampoco coincide necesariamente con el alta médica. Una persona podría volver a trabajar y continuar con rehabilitación, pruebas diagnósticas o tratamiento.

Por este motivo, cada informe médico resulta relevante para fijar el inicio del plazo.

Accidentes con daños materiales

En los daños del vehículo, objetos personales u otros bienes, el plazo suele comenzar cuando el perjudicado conoce el daño y su posible responsable.

Esta fecha normalmente coincide con el accidente. No obstante, podrían aparecer daños ocultos tras una revisión del vehículo.

Conviene conservar el informe pericial, las facturas, el presupuesto del taller y las comunicaciones mantenidas con la compañía.

Fallecimiento por accidente de tráfico

Cuando el accidente provoca el fallecimiento de una persona, los familiares perjudicados disponen de un año para ejercer la acción correspondiente.

La fecha del fallecimiento suele marcar el inicio del cómputo, salvo circunstancias procesales que alteren ese momento.

La indemnización dependerá de la relación familiar, la convivencia, la dependencia económica y otros perjuicios reconocidos por el baremo.

Cómo interrumpir el plazo de prescripción

La prescripción se interrumpe mediante una reclamación extrajudicial dirigida a la entidad aseguradora.

También se interrumpe por el ejercicio de la acción ante los tribunales o por un acto de reconocimiento de la deuda. Así lo establece el artículo 1973 del Código Civil.

Interrumpir la prescripción significa detener el plazo y generar un nuevo periodo para reclamar.

No conviene limitarse a una llamada telefónica. La comunicación debe quedar acreditada mediante un sistema que permita demostrar su contenido, fecha y destinatario.

Entre las vías habituales se encuentran:

  • Burofax con certificación de contenido.
  • Correo electrónico certificado.
  • Comunicación formal mediante abogado.
  • Plataforma electrónica de la aseguradora con justificante.
  • Carta certificada con acuse de recibo.

Guardar una copia completa de la reclamación resulta tan importante como conservar el justificante de entrega.

Qué debe incluir la reclamación previa

Antes de presentar una demanda judicial, el perjudicado debe comunicar el siniestro a la aseguradora y solicitar la indemnización correspondiente.

La reclamación extrajudicial debe identificar a la persona reclamante e incluir una descripción de las circunstancias del accidente.

También deberá señalar el vehículo y el conductor implicados, siempre que esos datos sean conocidos.

Además, deberá incorporar la documentación médica, asistencial, pericial o económica disponible. La normativa vigente no exige indicar una cantidad concreta en esta reclamación.

Entre los documentos recomendables se encuentran:

  • Parte amistoso o atestado.
  • Fotografías del accidente.
  • Informes de urgencias.
  • Informes de rehabilitación.
  • Pruebas médicas.
  • Partes de baja y alta.
  • Facturas y gastos.
  • Nóminas o documentación fiscal.
  • Informe pericial del vehículo.

La ausencia de algún documento no siempre impide reclamar. La documentación adicional podrá aportarse durante la tramitación.

¿Cuándo empieza el nuevo plazo de un año?

La reclamación presentada ante la aseguradora interrumpe el plazo desde el momento de su recepción.

La reforma legal vigente establece que comienza un nuevo periodo de un año cuando la compañía notifica fehacientemente su oferta o respuesta motivada.

Por tanto, la reclamación no debe entenderse como una ampliación indefinida.

Cuando llega la respuesta de la aseguradora, resulta necesario anotar la fecha de recepción y revisar el nuevo vencimiento.

El perjudicado deberá decidir entonces si acepta la oferta, solicita una valoración complementaria o inicia la reclamación judicial.

¿Cuánto tiempo tiene la aseguradora para responder?

La compañía dispone de tres meses desde la recepción de la reclamación.

Cuando reconoce la responsabilidad y el daño ya está cuantificado, debe presentar una oferta motivada de indemnización.

Si rechaza la responsabilidad o todavía no logra calcular el daño, deberá emitir una respuesta motivada.

La oferta debe desglosar los daños personales y materiales. También debe identificar los informes empleados para calcular la cantidad propuesta.

Tras recibirla, conviene revisar:

  • Los días de recuperación reconocidos.
  • La clasificación de cada día.
  • Las secuelas incluidas.
  • Los gastos aceptados.
  • La pérdida de ingresos.
  • Los daños materiales.
  • Los informes médicos utilizados.

La primera oferta de la aseguradora no tiene por qué coincidir con la indemnización final.

¿Qué ocurre si la aseguradora no responde?

El silencio de la compañía no elimina el derecho a reclamar.

Una vez transcurridos los tres meses, el perjudicado deberá comprobar el estado del plazo y valorar la siguiente actuación.

La ley contempla intereses de demora cuando la aseguradora no presenta una oferta motivada dentro del plazo por una causa injustificada o imputable a la entidad.

Además, la demanda deberá acompañarse de la reclamación previa o de la oferta o respuesta motivada recibida.

La reclamación extrajudicial constituye, por tanto, una actuación esencial antes de acudir a los tribunales.

Ejemplo del plazo para reclamar un accidente

Una persona sufre un accidente el 10 de enero de 2026.

Tras el siniestro, comienza tratamiento médico y asiste a rehabilitación durante varios meses. Las lesiones se estabilizan el 15 de junio de 2026.

Como regla práctica, esa fecha podría marcar el inicio del plazo anual para reclamar las lesiones. La fecha exacta deberá revisarse según los informes y las circunstancias del caso.

El perjudicado presenta una reclamación formal el 1 de octubre de 2026. Esta actuación interrumpe la prescripción.

La aseguradora notifica una oferta motivada el 20 de diciembre de 2026. En ese momento comienza un nuevo plazo de un año.

La nueva fecha de referencia sería el 20 de diciembre de 2027, salvo otra actuación que vuelva a interrumpir la prescripción.

¿Qué pasa si existe un procedimiento penal?

Algunos accidentes originan un procedimiento penal por la gravedad de los hechos o por la posible comisión de un delito.

Cuando el procedimiento penal se inicia a instancia del perjudicado, este debe comunicarlo a la aseguradora. Esa comunicación se equipara a la reclamación extrajudicial.

Cuando el procedimiento se inicia de oficio, no resulta necesaria esa reclamación. En tal caso, el órgano judicial debe practicar la correspondiente notificación.

Los procedimientos penales influyen en el cómputo de los plazos civiles. Por ello, debe revisarse la fecha de archivo, sobreseimiento o resolución definitiva.

Presentar una reclamación formal a la aseguradora reduce el riesgo de perder la acción por un cálculo incorrecto.

Errores frecuentes al calcular el plazo

Uno de los errores más habituales consiste en pensar que siempre existe un año desde la fecha del accidente.

También resulta arriesgado confiar únicamente en conversaciones telefónicas con la aseguradora.

Otros errores frecuentes son:

  • Confundir el alta laboral con la estabilización médica.
  • No guardar el justificante de la reclamación.
  • Reclamar a una entidad incorrecta.
  • No identificar claramente el accidente.
  • Esperar una respuesta durante más de un año.
  • Ignorar la fecha de la oferta motivada.
  • Pensar que negociar suspende siempre el plazo.
  • Presentar una reclamación sin acreditar su recepción.

La aseguradora podría alegar la prescripción si considera que el plazo ha terminado. La documentación será decisiva para demostrar las interrupciones realizadas.

¿Puedo reclamar si ha pasado más de un año?

Haber superado un año desde el accidente no significa automáticamente que la acción haya prescrito.

El plazo podría haber comenzado en una fecha posterior. También podría haberse interrumpido mediante una reclamación, una actuación judicial o un reconocimiento de responsabilidad.

Por ese motivo, antes de descartar el caso conviene revisar:

  • La fecha del accidente.
  • El periodo de tratamiento.
  • La fecha de estabilización.
  • Las reclamaciones presentadas.
  • Las respuestas recibidas.
  • La existencia de diligencias penales.
  • Las comunicaciones con la aseguradora.

Un estudio cronológico ayuda a determinar si el derecho a reclamar continúa vigente.

Abogados de accidentes de tráfico en Sevilla

El plazo para reclamar una indemnización requiere analizar fechas, informes médicos y comunicaciones con las compañías.

En Abogados Montaño Ybarra estudiamos la documentación del accidente, revisamos la prescripción y preparamos la reclamación previa.

Si has sufrido un accidente de tráfico en Sevilla, contacta con nuestro equipo cuanto antes. Una actuación temprana evita errores y protege tu derecho a recibir la indemnización correspondiente.