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Ejecuciones Hipotecarias
¿Cuándo se inicia un procedimiento de ejecución hipotecaria?
La entidad bancaria inicia el procedimiento una vez el cliente no ha liquidado durante un periodo de tres meses los recibos correspondientes a su hipoteca. A la entidad bancaria se le enciende una alerta e inician el procedimiento.
¿Es necesario un abogado una vez le llegue a su domicilio una demanda de ejecución hipotecaria?
Sí, sin ninguna duda. Hay muchas armas legales que tenemos en Abogados MY para defender un procedimiento de ejecución hipotecaria, como mínimo se le consigue un tiempo al cliente importantísimo para reaccionar ante la demanda.
¿Si el cliente es persona jurídica también merece la pena contratar un abogado?
Sin ninguna duda. Las causas de oposición a la demanda serían diferentes, pero la posibilidad de paralizar el procedimiento y de poder anular el mismo, seguirían siendo altas. En Abogados MY estamos altamente cualificados para defender a una persona jurídica en un...
¿Sería posible negociar la dación en pago o el alquiler social en el caso en el cual la vivienda ejecutada fuese la habitual?
Sí, pero para que la entidad bancaria tenga la obligación de acceder a ella, el ejecutado debe tener una serie de requisitos que hagan a la entidad bancaria cumplir el llamado código de buenas prácticas bancarias.
¿Qué pretende conseguir el banco con estos procedimientos?
Dinero, las viviendas o fincas no les interesan, única y exclusivamente dinero. En Abogados MY trabajamos para que este sea el menor posible, y que cause el menor daño patrimonial y personal posible.
Una vez se subasta la finca hipotecada,¿por cuánto se la adjudicaría el banco en caso de no haber postores?
Por el 70% de su valor en la escritura en caso de subasta en el caso de ser vivienda habitual del hipotecado y de un 50% en caso de no serlo.
En caso de tener inquilinos en la finca hipotecada,¿el procedimiento sería el mismo?
En Abogados MY estamos acostumbrados a todo tipo de situaciones, y entre ellas está la citada. Resulta interesante que hubiese un inquilino ocupando la finca, ya que se paralizaría el procedimiento aún más.