La entidad bancaria inicia el procedimiento una vez el cliente no ha liquidado durante un periodo de tres meses los recibos correspondientes a su hipoteca. A la entidad bancaria se le enciende una alerta e inician el procedimiento.
La entidad bancaria inicia el procedimiento una vez el cliente no ha liquidado durante un periodo de tres meses los recibos correspondientes a su hipoteca. A la entidad bancaria se le enciende una alerta e inician el procedimiento.